martes, 1 de junio de 2010

EL DERECHO ECONÓMICO COMO INSTRUMENTO PARA MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA

El Derecho Económico, como disciplina humanística y programática, debe regular imperativamente los comportamientos productivos y elevar la calidad de vida al proteger el concepto de salud ambiental, a partir de lo dispuesto por el Art. 4o. Constitucional, en el sentido de que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, y que toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.
Así, se observa la salud ambiental como un valor para proteger y conservar tanto por la sociedad civil como por el Estado.
La salud ambiental comprende, entre otros aspectos, los siguientes:
La calidad del aire y del agua
Suministro del agua
Calidad de los alimentos
Las sustancias tóxicas
La seguridad de productos destinados al consumo humano
Características de la vivienda
Eliminación de desechos tóxicos
Uso del suelo
Control del ruido
La salud
La seguridad ocupacional
Los efectos de la radiación
La seguridad e inocuidad de las playas, piscinas y áreas de recreación, etc.
En todos estos aspectos incide directamente el modelo económico de un país y las consecuentes políticas públicas. México, al adoptar lo que los estudiosos denominan un capitalismo tardío, con una impetuosa búsqueda del desarrollo industrial, descuidó los aspectos ambientales y de vivienda. Los mexicanos sufren los efectos de esa nula conciencia ambiental.
Los factores visibles que atentan contra la salud ambiental atmosférica son principalmente la contaminación generada por fuentes móviles (vehículos) y las emisiones contaminantes de la industria, principalmente en las zonas conurbadas del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey.
En alimentos se ha detectado un 30% de arroz con plomo, un 67% de contaminación en moluscos (ostión), 30% del trigo contaminado con cadmio, alimentados enlatados contaminados en un 50 a 60%, residuos de plaguicidas en otros alimentos, etcétera. Es ahí donde el Derecho Económico debe enlazarse con el Derecho Ambiental para hacer sustentable el desarrollo.
La vivienda.
La vivienda se entiende no sólo en su dimensión de inmueble, sino también como elemento generador de desarrollo del grupo social en su relación con las actividades económicas, sociales, políticas, culturales y recreativas.
Aún existen rezagos en dotación de servicios, por ejemplo para contar con agua entubada y drenaje; la red de agua potable siempre ha sido menor que el crecimiento de la población; la cobertura de recolección de desechos sólidos es del 70% aproximadamente; el depósito diario de excretas al aire es de más de cinco mil toneladas y no se cuenta con sistemas adecuados de recolección y depósito final de desecho sólidos.
Como se observa, existe un desequilibrio entre la oferta y la demanda de servicios de saneamiento básico, particularmente en las zonas urbanas marginadas, y es ahí donde el Derecho Económico debe impactar en la normatividad de vivienda y desarrollo urbano y en las políticas públicas respectivas.
Los asentamientos humanos son fenómenos que surgen paralelos a los sucesos de urbanización, pero en este proceso de industrialización acelerada se dejaron de lado muchos factores para mejorar la calidad de vida. Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase está obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias, a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas.
El Derecho Económico, entonces, interviene como normador de las políticas públicas encaminadas a la constitución de reservas territoriales y establecimiento de oferta pública de tierra para la vivienda de interés social; impulsar la construcción de infraestructura de servicios y autoconstrucción a través de la participación organizada de la comunidad; fomentar el desarrollo de sistemas y tecnologías, y replantear los sistemas de financiamiento, haciendo válida la rectoría del Estado sobre el aprovechamiento del suelo urbano.

RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

Comercio Internacional y Comercio Exterior
Se define como comercio internacional o “mundial” al intercambio de bienes, productos y servicios entre dos países (uno exportador y otro importador).
El comercio exterior se define como el intercambio de bienes y servicios entre dos bloques o regiones económicas. Por ejemplo, el intercambio de bienes y servicios entre la Unión Europea y América.
Las economías que participan del comercio exterior se denominan economías abiertas. Este proceso de apertura externa inició fundamentalmente en la segunda mitad del siglo XX, y de forma espectacular en la década de los 90, al incorporarse las economías latinoamericanas y de Europa del Este.
Regulación del Comercio Internacional
Tradicionalmente, el comercio era regulado mediante acuerdos bilaterales entre dos países. Bajo la creencia en el mercantilismo, durante muchos siglos los países imponían altos aranceles y otras restricciones severas al comercio internacional. En el siglo XIX, especialmente en Gran Bretaña, la creencia en el libre comercio tomó fuerza, y esta perspectiva ha venido dominando el cálculo político entre los países occidentales hasta la actualidad. Desde el final de la segunda Guerra Mundial, varios tratados multilaterales han intentado crear una estructura global de regulación comercial.
El Principio de la Ventaja Comparativa y el Comercio Internacional
Según este principio, los países tienden a especializarse en la producción y exportación de aquellas mercancías en las que poseen mayores ventajas comparativas frente a otros países. El resultado de esta especialización es que la producción mundial, y en consecuencia su capacidad para satisfacer los deseos de los consumidores, será mayor que si cada país intentase ser lo más autosuficiente posible.
El principio de la ventaja comparativo señala que un país comerciará con otros países aun cuando sea absolutamente más eficiente o más ineficiente en la producción de todos los bienes.
Según el principio de la ventaja comparativa, los países se especializan en la producción de los bienes que pueden fabricar con un costo relativamente menor.
Fue el economista inglés David Ricardo (1772-1823) quien demostró que no sólo en el caso de que aparezca ventaja absoluta existirá especialización y comercio internacional entre dos países. Podrá ocurrir que uno de ellos no posea ventaja absoluta en la producción de ningún bien, es decir, que necesite mas de todos los factores para producir todos y cada uno de los bienes. A pesar de ello, sucederá que la cantidad necesaria de factores para producir una unidad de algún bien, en proporción a la necesaria para producir una unidad de algún otro, será menor que la correspondiente al país que posee ventaja absoluta.
Ventaja Absoluta y Comercio Internacional
Un país posee una ventaja absoluta sobre otros países en la producción de un bien cuando puede producir más cantidad de dicho bien, con los mismos recursos, que sus vecinos.
Ganancias derivadas del Comercio Internacional
Cuando cada país se especializa en la producción de aquellos bienes en los que tiene ventaja comparativa, todos se ven beneficiados. Los trabajadores de los dos países obtienen una mayor cantidad de bienes empleando el mismo número de horas de trabajo que cuando no se abren al comercio.
Restricciones al Comercio Internacional
Estudia las barreras establecidas contra el libre comercio internacional:
Arancel
Política arancelaria
Contingente
Dumping
Guerra comercial
Los Aranceles
Un arancel es un “impuesto” que el gobierno exige a los productor extranjeros con objeto de elevar su precio de venta en el mercado interior y, así, “proteger“ los productos nacionales para que no sufran la competencia de bienes más baratos.
Efectos del establecimiento de Aranceles
El establecimiento de un arancel tiene cuatro efectos fundamentales: anima a determinadas empresas ineficientes a producir, induce a los consumidores a reducir sus compras del bien sobre el que se impone el arancel por debajo del nivel eficiente, eleva los ingresos del estado, y permite que la producción nacional aumente. Solo los dos efectos primeros suponen necesariamente un despilfarro de recursos.
Argumentos a favor y en contra del establecimiento de aranceles
Defensa de la industria nacional.
Para compensar que la mano de obra de otros países es más barata.
Defensa ante las subvenciones de otro país.
La Balanza de Pagos
Es el instrumento contable que informa de las transacciones exteriores de un país. Se define como el documento contable que registra sistemáticamente el importe, de todas las operaciones comerciales y financieras que tienen lugar durante un cierto periodo de tiempo entre los residentes del país y los del resto del mundo. Cuando en la balanza de pagos los ingresos superan a los gastos se dice que es excedentaria. Cuando en la balanza de pagos los ingresos son menores que los gastos de dice que es deficitaria.
Un país puede tener una balanza comercial negativa, pero una balanza de pagos positiva como ocurre en España, que su balanza comercial es deficitaria, pero su balanza de pagos es positiva gracias a las divisas que aporta el turismo.



lunes, 31 de mayo de 2010

RECTORÍA ECONÓMICA DEL ESTADO



RECTORIA ECONOMICA

De los libros Derecho Económico, de Jorge Witker y de Emma Mendoza Bremauntz et al.

CONTEXTO

El agravamiento de los problemas sociales y económicos de un país se convierte en un gran reto para el Estado-Gobierno, pues no debe perderse de vista que la finalidad de toda acción gubernamental es el bienestar de la población.

La justificación y el sentido de los programas en materia política y económica se encuentran cuando el objetivo principal es el de lograr una sociedad más justa, cuyos resultados deberán ser, entre otros, la generación de empleos productivos y bien remunerados y un crecimiento con mayores inversiones en infraestructura y servicios encaminado a una redistribución de la riqueza.

Para ello se ejecutan numerosos programas y acciones, según la política económica adoptada por el Estado, ya que es éste el que señala las directrices, dentro y fuera de las fronteras del país, reforzando sus capacidades y tomando en cuenta sus potencialidades, así como su proceso.

El estado, es pues, el que tiene la obligación y facultad de mover los hilos de la economía y vida de un país, y compromete todos los recursos y esfuerzos de sus gobernados, por lo que tiene una gran responsabilidad en su toma de decisiones. Éstas podrán traer como consecuencia el fortalecimiento y consolidación de sus estructuras, o el caos económico, político y social.

CONCEPTO:

La rectoría económica es la facultad y capacidad del Estado para dirigir la actividad de los agentes económicos al logro de los objetivos y metas del desarrollo.

El proceso rector consiste en lograr la confluencia de las actividades a través de la concertación e inducción de los sectores social y privado, utilizando los instrumentos de política económica que van desde el otorgamiento de apoyos y subsidios hasta la participación directa en la producción mediante las empresas paraestatales.

ALCANCES Y PERSPECTIVAS

En otras palabras, la rectoría económica se materializa por la intervención del estado en la economía con el ejercicio de la facultad que tiene para participar directamente en los procesos económicos de producción, distribución y comercialización de mercancías, es decir, de bienes y servicios.

En este orden, se distinguen:

Intervención Indirecta:

Se manifiesta a través del ejercicio de la actividad normativa del Estado, para conducir, estimular o restringir la actividad económica que realizan los particulares, diseño de la política monetaria, fiscal, comercio exterior, etc.

Intervención Directa

Es la facultad jurídica del Estado para participar a través de sus órganos, en el ejercicio de la actividad económica.

ALCANCES:

La rectoría estatal del desarrollo implica, en nuestro País, la sistematización y la elevación a rango constitucional de las atribuciones del Estado en la economía, así como la definición de los principios y objetivos que los distintos agentes económicos deben observar al desarrollar una actividad económica.

PERSPECTIVA:

Dadas las condiciones económicas y el marco regulatorio de la actividad económica en el País, se estima que México conservará un sistema de economía mixto o dual, donde se destacan principalmente las siguientes características:

Contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines.

Determinará los instrumentos y designará a los responsables de su ejecución.

Establecerá los lineamientos de política global, sectorial y regional.

Sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica y social.

Regirá el contenido de los programas que se generen en el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

CONSIDERACIONES DEL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PND.

Para cumplir con las disposiciones legales y garantizar el carácter democrático, se organiza un proceso de dialogo y comunicación, atendiendo los siguientes aspectos:

· Foros de consulta popular, con el objeto de recoger en el plan, las propuestas de los distintos sectores y grupos que integran la población.

· Participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a través de procesos internos.

Propósito fundamental del PND: Mantener y reforzar la independencia de la nación, para la construcción de una sociedad que, bajo los principios del estado de derecho, garantice libertades individuales y colectivas en un sistema integral de democracia y en condiciones de justicia social, requiriéndose para ello de una mayor fortaleza interna de:

La economía nacional, a través de la recuperación del crecimiento sostenido, que permita generar empleos requeridos por la población, en un medio de vida digno; y

La sociedad, a través de una mejor distribución del ingreso entre familias y regiones, y el continuo perfeccionamiento del régimen democrático.

Objetivos del PND

Del propósito fundamental del PND se derivan, relacionados entre sí, los cuatro objetivos siguientes:

Conservar y fortalecer las instituciones democráticas.

Vencer la crisis.

Recuperar la capacidad de crecimiento.

Iniciar los cambios cualitativos que requiere el país en su estructura económica, política y social.

Naturaleza Jurídica

PND

Es un conjunto complejo de diversos actos jurídicos y no jurídicos, legales y administrativos, generales y particulares, que entroncan entre sí formando el sistema que ha de orientar la política económica del Estado en un periodo determinado.

El Plan Nacional de Desarrollo nace formalmente de un decreto del Poder Ejecutivo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Si bien su fuente inmediata es la Ley de Planeación, la misma tiene un sólido fundamento constitucional.

Dicho decreto, además de dar autenticidad y certeza al plan, asegura normativamente imperatividad para la administración y compromete al Gobierno Federal frente a los administrados, a los cuales les otorga confianza y seguridad, con la que es factible prever acciones serias en el campo de la producción y los servicios.

PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2007-2012

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece una estrategia clara y viable para avanzar en la transformación de México sobre bases sólidas, realistas y, sobre todo, responsables.

Está estructurado en cinco ejes rectores:

1. Estado de Derecho y seguridad.

2. Economía competitiva y generadora de empleos.

3. Igualdad de oportunidades.

4. Sustentabilidad ambiental.

5. Democracia efectiva y política exterior responsable.

DISTRIBUCIÓN Y COMPETENCIA DE LA ACTIVIDAD ECONOMICA A TRAVÉS DEL ESTADO

ANTECEDENTES

La Ley de Atribuciones del Ejecutivo Federal en Materia Económica es el ordenamiento jurídico que permite al Estado regular los fenómenos económicos relacionados con la producción y distribución de mercancías y servicios. Hasta el 30 de diciembre de 1950, fecha de su publicación, el Gobierno no contaba con un ordenamiento jurídico como tal, y regulaba la economía a través de disposiciones un tanto cuanto arbitrarias.

Ley Federal de Competencia Económica

Es reglamentaria del artículo 28 constitucional en materia de competencia económica, monopolios y libre concurrencia; es de observancia general en toda la República y aplicable a todas las áreas de la actividad económica. Esta ley tiene por objeto proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios.

SUJETOS

Están sujetos a lo dispuesto por esta ley todos los agente económicos, sea que se trate de personas físicas o morales, dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, asociaciones, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos o cualquier otra forma de participación en la actividad económica.

SISTEMA NACIONAL DE PLANEACIÓN DEMOCRÁTICA

La planeación del desarrollo nacional se ha dejado en manos del Estado para asegurar que sea integral, sustentable y fortalecedora de la soberanía nacional y del régimen democrático que contempla la Constitución (artículo 25). Con las reformas de 1983, se institucionalizó el Sistema Nacional de Planeación Democrática (SNPD) en el artículo 26, apartado A, cuyo objetivo es dotar de solidez, dinamismo y equidad al crecimiento de la economía, para que sirva de mecanismo que fomente y sostenga la independencia y democratización política, social y cultural de la nación.

A fin de dotar al Sistema de una plataforma lega,l se decretó en 1983 la Ley de Planeación, con base en la cual el titular del Ejecutivo diseñará el Plan Nacional de Desarrollo y las actividades de la Administración Pública Federal, así como las relaciones de coordinación regional con las entidades federativas. De acuerdo con la ley, por planeación debe entenderse:

Artículo 3°…la ordenación racional y sistémica de acciones que, con base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política y cultural, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la Ley establecen.

Es decir que, a través de acciones ordenadas, delimitadas y coordinadas, se buscará el desarrollo de las actividades con las cuales sea posible alcanzar cambios cualitativos y cuantitativos en los aspectos económicos, sociales, políticos y culturales del país como unidad política. En este sentido, la planeación debe entenderse como un marco indicativo de la actividad de los órganos estatales, pero no limitativo y menos aún como un sistema impositivo para los particulares.

Mediante la estructuración de este Sistema se pretende fijar los objetivos, metas, estrategias y prioridades para el actuar de los órganos de la Administración; asignar recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, coordinar las acciones y evaluar resultados. Los principios que le rigen son:

a) el fortalecimiento de la soberanía, la independencia y autodeterminación nacionales en lo político, lo económico y lo cultural;

b) la preservación y el perfeccionamiento del régimen democrático, republicano, federal y representativo, y la consolidación de la democracia como sistema de vida;

c) la igualdad de derechos para lograr una sociedad más igualitaria;

d) el respeto irrestricto de las garantías individuales, las libertades y los derechos sociales y políticos;

e) el fortalecimiento del pacto federal y del municipio libre, para lograr un desarrollo equilibrado del país, y

f) el equilibrio de los factores de la producción, que proteja y promueva el empleo en un marco de estabilidad económica y social.

La base sobre la que se establece el SNPD es el Plan Nacional de Desarrollo. El Plan es presentado por el Ejecutivo al Congreso en el plazo de seis meses a partir de protestar el cargo, ya que el Plan regirá para todo el periodo presidencial en el que se haya presentado y aprobado. De acuerdo con la ley de la materia, las etapas que comprende la planeación son:

a) Formulación;

b) Instrumentación;

c) Control y

d) Evaluación del Plan Nacional y los programas de él derivados, pues a fin de alcanzar sus objetivos se elaboran programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales.

Carbonell considera que existen tres modalidades de la planeación: a) la coordinada, que se realiza entre el gobierno federal y los de las entidades federativas; b) la inductiva, mediante la cual se propician conductas de los particulares en apoyo a los objetivos de los programas y acciones derivados de la planeación nacional, y c) la planeación concertada, que llevan a cabo gobierno federal y agrupaciones, a través de acuerdos y pactos de índole variada con la finalidad de realizar acciones importantes para el desarrollo económico del país, como el recién firmado Pacto para la estabilidad y el empleo concertado entre diversos sectores de la industria y el gobierno federal, el pasado siete de enero de 2009.

El papel del Congreso como representante del pueblo dentro del Sistema Nacional de Planeación Democrática es mínimo. La Constitución señala en el párrafo cuarto del artículo 26 que en el sistema de planeación democrática, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley; es decir, se deja a una ley secundaria la participación de este importante órgano en un tema igualmente relevante. Al respecto, la referida ley establece que:

Artículo 5.- El Presidente de la República remitirá el Plan al Congreso de la Unión para su examen y opinión. En el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en las diversas ocasiones previstas por esta Ley, el Poder Legislativo formulará, asimismo, las observaciones que estime pertinentes durante la ejecución, revisión y adecuaciones del propio Plan.

Luego, la ley reduce la participación del Congreso a la formulación y emisión de un examen y opinión sobre el proyecto presentado por el Ejecutivo, cuya observancia en ningún momento se expresa como obligatoria para éste. No por nada se ha llegado a afirmar que en realidad el actual Sistema de Planeación más que constituir un intento por racionalizar el funcionamiento de la administración pública, constituye un instrumento más del presidencialismo, pues la participación del Congreso es mínima y tiene un carácter meramente formal.

Dadas las particularidades de la población campesina y de los añejos problemas que la aquejan, el SNPD incorpora el concepto de desarrollo rural integral (artículo 27 constitucional), cuyos ejes son la administración pronta y expedita de justicia en materia agraria y la incorporación de la población campesina en el Plan Nacional de Desarrollo.

Sobre el primer eje, algunas de las acciones han consistido en la modernización y profesionalización de órganos ya existentes, como el Tribunal Agrario, el Registro Nacional Agrario y la Procuraduría de Justicia Agraria. Dentro de estos dos últimos, se han desarrollado programas de asesoría y apoyo, en ocasiones de forma coordinada con autoridades de las entidades federativas.

Las directrices de la planeación relacionada con el sector agrícola se establecieron en la Ley de desarrollo rural sustentable promulgada en 2001. Dicho desarrollo comprende la planeación y organización de la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, así como de los demás bienes y servicios propios del ámbito, cuya regulación y fomento corresponde al Estado. A través de este nuevo sistema de planeación sustentable y dirigida, quizá sea posible abatir algunos de los problemas que más aquejan a los habitantes de las comunidades rurales tales como alta mortandad infantil, desnutrición, analfabetismo, falta de certeza en cuanto a la detentación de la tierra y, derivado de ello, la permanencia de más de trescientas comunidades consideradas focos rojos por sus problemas de límites, según la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Ganadería, Desarrollo Rural y Pesca.


viernes, 28 de mayo de 2010

Evolución Económica y Social de México S. XIX

Plan de Ayutla



Juan Álvarez encabeza el movimiento de Ayutla, continuando la lucha independentista. Se opone a Santa Anna por la venta de La Mesilla, encendiendo la Revolución de Ayutla, que logra la destrucción de muchos vicios que continuaban desde la consumación de la independencia. a este caudillo se le considera el verdadero continuador de la Independencia nacional.

LA JUNTA REVOLUCIONARIA MEXICANA

El gobernador de Michoacán, Melchor Ocampo, y el de Oaxaca, Benito Juárez, coinciden en el destierro con otros opositores al gobierno de Santa Anna –Ponciano Arriaga y José María Mata; José Inés Sandoval, Juan José de la Garza y José María Montenegro- en una casa de asistencia en Nueva Orleans, donde intercambian experiencias e ideas. En Brownsville fundan la Junta Revolucionaria Mexicana, relacionándose con varios militares que encabezan la revolución en Chihuahua y Tamaulipas, en búsqueda de destruir el régimen centralista y construir uno nuevo, sin romper con las corrientes conservadoras moderadas.

Citado por Emma Mendoza (Derecho Económico, p. 82), Mario de la Cueva, al comentar la Revolución de Ayutla, dice que en estricto sentido México ha vivido tres revoluciones en las tres etapas que corresponden a la integración de nuestra nacionalidad, reflejadas en las constituciones que de éstas han surgido: la de 1824, que es la de la era del nacimiento de la nacionalidad; la de 1857, que corresponde a la de estar conscientes de nuestra nacionalidad, y la de 1917, que es el primer brote universal a favor de la justicia social.

LAS LEYES DE REFORMA

Así, se da luz a una serie de leyes a las que se aplica el nombre de sus impulsores: Ley Juárez, por el entonces ministro que la redactó; la Ley Lafragua, por José María Lafragua, en aquel entonces Ministro de Gobernación y que inició la Ley de Imprenta, y la Ley Lerdo de desamortización.

LA CONSTITUCIÓN DE 1857

Más tarde, en 1856, entre los vaivenes políticos de dominio liberal y conservador, de federalismo limitado y de centralismo dictatorial, con el antecedente de cambio de la etapa de La Reforma, el 18 de febrero de 1856 se reúnen en la ciudad de México los 78 diputados nombrados por los estados y territorios para iniciar los trabajos del Constituyente de 1856-1857.


Concurrieron diputados de las diferentes corrientes, desde conservadores hasta liberales radicales, para lograr una constitución de avanzada. Destacan las participaciones con profundo contenido social y económico, como la que señala que para que lleguen los moradores de los pueblos a adquirir la libertad de hombres libres, fuerza es que les proporcionemos los medios de subsistencia y cuantos sean necesarios para que, palpando las ventajas de la libertad, sepan usar de ella, amarla y defenderla (José María del Castillo Velasco).


Este mismo diputado señalaría: Por más que se tema a las cuestiones de propiedad, es preciso confesar que en ella se encuentra la resolución de casi todos nuestros problemas sociales.
Ponciano Arriaga, por su parte, expresaría que la constitución debiera ser la Ley de la tierra. Se impulsaba así la idea de dar un contenido realista y práctico a la nueva Constitución, incluida en ella la función social de la propiedad.


El constituyente Isidoro Olvera propuso un proyecto de ley orgánica para arreglar la propiedad territorial en toda la república, bajo el principio de que la tierra debe pertenecer a todos los hombres, arguyendo de nueva cuenta motivos sociales y económicos en la lid política.

lunes, 19 de abril de 2010

QUÉ ENTENDEMOS POR REVOLUCIÓN

REVOLUCIÓN

 La significación jurídica de una Revolución es la necesidad del cambio de las ordenanzas jurídicas, además de la sanción a la actitud de los gobernantes, tratando o logrando introducir en el género de la vida nacional valores nuevos, reorganizando las relaciones existentes entre los miembros del grupo: entre el capital y el trabajo, entre el individuo y la colectividad. Esto incita a los juristas a no ver en el movimiento armado más que una incitación a la reforma de las constituciones, modificando la idea del Derecho por una nueva visión de éste, consagrada en la nueva Constitución como derecho oficial.

Georges Burdeau
 Tratado de ciencia política

ANTECEDENTES DEL DERECHO ECONÓMICO EN MÉXICO

MARCO DE REFERENCIA

Para efectos de este apartado entenderemos al Derecho Económico como un Conjunto sistematizado y ordenado de conocimientos jurídicos relacionados con la Economía y la Política Económica Directamente.
Así, la génesis del Derecho Económico en México se inscribe en el Derecho Social, visto como la parte del Derecho que tiene aspectos del Derecho Privado y de Derecho Público al cual se integran todas las ramas del Derecho que se enfocan a proteger a los grupos humanos más débiles económica, social y culturalmente.
Claude Champaud ha considerado un error querer definir al Derecho Económico como una disciplina jurídica, es decir, como un cuerpo de reglas particulares y homogéneas cuyo estudio y enseñanza constituirán una especialidad. Más que una disciplina, dice, el Derecho Económico es un orden jurídico que responde a una civilización que aún está en vías de formación (Apud. Rangel Couto, Hugo, Derecho Económico. Porrúa, México, 1986, p. 29).

INDEPENDENCIA Y EL SIGLO XIX

El aspecto social y económico domina históricamente en las banderas que enarbolan los luchadores mexicanos de la Independencia, encabezados por Hidalgo y Morelos. Esta lucha tiene dos vertientes: por un lado buscar la independencia del coloniaje y la explotación española, y por el otro en contra de una forma de gobierno y una explotación económica prolongada por casi 300 años.
A ello se orientan los decretos y medidas que se promueven para tratar de modificar ese régimen oprobioso y vergonzoso. Los hombres nativos eran considerados inferiores.
A poco de haber iniciado la lucha por la Independencia, Hidalgo escribe a Riaño, intendente de Guanajuato: Los mexicanos desean ser independientes de España y gobernarse por ellos mismos “han decidido recobrar sus derechos… usurpados por conquistadores que los convirtieron de hombres libres en esclavos”. Se aprecia en este texto el marcado carácter social y económico de la lucha, junto al independentista.
Primer bando contra la esclavitud. José María de Anzorena, intendente de la ciudad de Valladolid (hoy Morelia), escribió así: En cumplimiento de disposiciones del Capitán General de la Nación Americana (Hidalgo), prevengo a dueños de esclavos y esclavas que inmediatamente los pongan en libertad para que puedan tratar y contratar, comparecer en juicio, otorgar testamentos (…) y ejecutar las demás cosas que ejecutan y hacen las personas libres. Son proclamas sociales, más que nada.
Morelos publica en el cuartel general de Aguacatillo el bando en que reitera que nadie pagará tributos ni habrá esclavos, y quienes los tengan serán castigados. Con excepción de los europeos, los demás habitantes de esta América se nombrarán generalmente como americanos.
En Michoacán, Ignacio López Rayón reitera lo mencionado por los curas insurgentes Hidalgo y Morelos. En 1813, Morelos refrenda en Chilpancingo la supresión de la esclavitud mediante un bando (17 de noviembre) condenando la existencia de castas, la esclavitud y el pago de tributo a cargo de los más necesitados.
 Hidalgo, respecto a la distribución de la riqueza, esboza su política económica en lo siguiente:
Mando a los jueces y justicias que procedan a la recaudación de las rentas vencidas hasta el día, por los arrendatarios de las tierras pertenecientes a las comunidades de los naturales, enterándolas en la caja nacional, y se entreguen a los referidos naturales las tierras para su cultivo, sin que en lo sucesivo puedan arrendarse.
Históricamente, es el comienzo del movimiento agrario.
 Del Bando de Hidalgo del 6 de diciembre de 1810:
 Extinguir todas las gabelas coloniales;
 Suprimir para siempre la esclavitud y liberar en 10 días a los esclavos que se tuvieses, so pena de muerte;
 Suprimir los tributos de las castas y las exacciones que se exigían a los indios;
 Reconocer la libertad en materia de industria, cuya falta era uno de los peores lastres que pesaban sobre la colonia.

LOS SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN
14 de septiembre de 1813
Aspectos Económicos

 La soberanía dimana inmediatamente del pueblo;
 Que los empleos sólo los americanos los obtengan;
 Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir;
 Que se modere la opulencia de los ricos y la indigencia, aumentando el jornal al pobre y alejando la rapiña y el hurto;
 Que se proscriban las cargas de costas y se proscriba la esclavitud;
 Que se tengan los puertos francos a los barcos, pero se carguen aranceles a sus mercancías (10%).

LA CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN

El Decreto para la Libertad de la América Mexicana, llamado La Constitución de Apatzingán, promulgada en 1814, es de corte liberal, inspirada fundamentalmente en los Sentimientos de la Nación.
Producto del pensamiento de Ignacio López Rayón en algunas partes, reconoce la propiedad privada ilimitada y otorga facultades al Congreso para fijar las contribuciones que las personas deberán pagar al Estado, el cual a su vez deberá favorecer el desarrollo de la industria en el país.


CONSTITUCIÓN DE 1824
Art. 50 fracción II:
 El Congreso deberá fomentar la prosperidad general, decretando la apertura de caminos, canales, y la mejora de los existentes.
Suma con ello algunas de las previsiones económicas contempladas en el nivel constitucional de esa época.
(Continúa con Plan de Ayutla)

miércoles, 31 de marzo de 2010

Pensamiento de Marx sobre el Derecho y la Economía

El pensamiento de Karl Marx sobre la Economía y el Derecho
Para Marx, el Derecho forma parte de la superestructura que se erige sobre la base económica, esto quiere decir que el Derecho, la política, la religión, la cultura, se encuentran condicionados por la base económica
El Derecho no es más que la voluntad de la clase poderosa erigida a la categoría de ley. Por otro lado, la Economía la considera el engranaje productivo (mano de obra, obrero). Marx cree que el hombre no puede ser considerado como un animal de trabajo (como hasta entonces estaba considerado), que sea un ser alienado.
Pensamiento de Rudolf Stammler
Stammler sostiene que la ciencia jurídica constituye el principio regulador de la conducta externa del hombre al formar parte de una en sociedad, incluyendo las actividades económicas que, por principio de orden, deben siempre estar sujetas al sentido de la norma jurídica, sin que pueda existir acción alguna que escape de sus sentido legal.
El filosofo alemán sostiene que la vida económica de la humanidad, considerada desde el punto de vista científico, se desarrolla mediante la determinación de la norma jurídica, es decir, el Derecho establece el orden económico en el ámbito social para alcanzar el cambio justo de bienes y servicios; agrega además que las instituciones jurídicas le dan forma, explicación y eficacia a las instituciones económicas tales como la propiedad, la renta, los contratos, los actos de comercio, el trabajo, los impuestos, la moneda, etc.
La Economía y el Derecho constituyen un todo compacto. La primera podría interpretarse como la sustancia, y el segundo como la forma que la regula y la ordena en busca de equidad para beneficio de la colectividad.

Guía de estudio I

Unas preguntas básicas sobre la materia, en su fase introductoria, son las siguientes:

1. Mencione el concepto de Derecho Económico.
2. Describa cuál es el objeto del Derecho Económico.
3. Mencione tres características del Derecho Económico y resúmalas.
4. Mencione cinco ordenamientos de Derecho Económico Interno en México.
5. ¿En qué países se desarrolló originalmente el Derecho Económico y qué acontecimientos históricos y económicos influyeron para ello?
6. ¿Cuáles son los factores de la producción y en qué consisten?
7. ¿En qué consiste la Rectoría Económica del Estado?
8. Explique brevemente la intervención directa del Estado en la Economía.
9. Señale cuál es el sistema de economía que adopta México y mencione 2 de sus características.
10. Cite los artículos que componen el denominado ‘capítulo económico’ de la Constitución.
11. ¿Qué facultad otorga al Estado el artículo 26 constitucional?
12. Mencione tres áreas estratégicas de la economía nacional aceptadas como monopolios del Estado, según el artículo 28 constitucional.
13. Conforme a su naturaleza y génesis ¿En qué rama del Derecho se ubica el Derecho Económico?
14. Mencione quiénes son los agentes económicos y cuál es la característica esencial para que se les considere de tal modo.
15. Mencione tres fuentes del Derecho Económico.
16. ¿En qué año y en qué artículo se incorporó en la Constitución la figura jurídica de la rectoría estatal del desarrollo nacional?
17. ¿Qué artículo constitucional prevé el concepto integral de democracia?
18. En su opinión ¿Es importante que exista la Rectoría Económica del Estado en el país? ¿por qué?
19. Desarrolle uno de los siguientes temas: i) El proceso económico y sus fases, o ii) Sistemas económicos y sus características principales.
20. ¿En qué consiste la intervención indirecta del Estado en la Economía?
21. Señale el concepto de escasez.
22. Defina qué es la política económica.
23. Señale cuatro formas de intervención del Estado en la economía y descríbalas brevemente
.


A solicitud, se proponen los conceptos siguientes para estudio y comentarios:



Concepto de Derecho Económico. Ya se encuentra en la primera entrada de este blog. Algunas definiciones adicionales serían:

  • Conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de la riqueza generada pos un sistema económico.
  • Derecho de la economía organizada.
  • Conjunto de estructuras y medidas jurídicas con las cuales, utilizando facultades administrativas, la Administración Pública influye en el comportamiento de la economía privada.
  • Derecho regulador de la economía mixta que tiene por finalidad conciliar los intereses generales protegidos por el Estado, por un lado, y los intereses privados por el otro.
  • Conjunto de principios jurídicos que informan de las disposiciones, generalmente de derecho público, que rigen la política económica estatal orientada a promover de manera acelerada el desarrollo económico.
  • Conjunto de técnicas jurídicas que formula el estado contemporáneo para la realización de su política económica.
  • Complejo de normas que regulan la acción del estado sobre las estructuras del sistema económico y las relaciones entre los agentes de la economía.
  • Conjunto de principios y de normas de diversas jerarquías sustancialmente de derecho público que inscritas en un orden público económico plasmado en la Carta fundamental, facultan al Estado para planear indicativa o imperativamente el desarrollo económico y social de un país.

Características del Derecho Económico.

Humanista. Su principal preocupación es el Hombre, al arbitrar conductas económicas con fines de equilibrio.

Instrumental. Sus normas disciplinan la conducta del Estado en el ámbito del Sistema Económico.

Finalista. Persigue objetivos macrojurídicos que apuntan al equilibrio económico a una mejor distribución de la riqueza generada por la sociedad en su conjunto.

Complejo. El carácter de Derecho Público le confiere su calidad orgánica, jerarqueizada y sancionadora de conductas económicas ilícitas que atentan contra la convivencia social sana y el orden público económico. Su composición colinda con otras ramas del derecho (P. ej. Mercantil y Administrativo) y lo torna difuso y complicado en su encuadre metodológico.

Dinámico. El Derecho Económico es un sistema abierto, nunca concluyente, perfectible y cambiante, como lo son los negocios.

Concreto. Su objeto de estudio es específico al ser concreto en su sistematización, por ejemplo criterios de inversión para el turismo.

Multidisciplinario e interdisciplinario. Abarca la problemática económica desde diversos ángulos científicos y se relaciona para ese análisis con otras ciencias, como la sociología.

Desarrollo original del Derecho Económico y acontecimientos históricos y económicos que influyeron para ello.

Se desarrolló originalmente en Italia y Alemania, como consecuencia de la Primera Guerra Mundial

La situación creada por la primera guerra mundial (1914), dio lugar a que se dictaran medidas legales de urgencia para ejercer control sobre las actividades económicas, que iban dirigidas de manera acorde al esfuerzo bélico y a algunas otras de finalidad social, que aliviaran la situación de la población, y evitaran acaparamientos y especulación.

Por la crisis de la post-guerra, especialmente en Alemania, la crisis de 1930-1933 y los fenómenos políticos en Italia dieron un giro a la situación, generándose un mayor intervencionismo y dirección estatal, no para hacer frente a los problemas de escasez o de perturbación de la guerra, sino para resolver los problemas de producción y mercado y de cesantía provocados por la crisis, a la que seguía el proceso inflacionario de graves consecuencias.

Factores de la producción

Naturaleza. Es la tierra, los recursos naturales y las materias primas.

Capital. Medios o instrumentos elaborados por el hombre, como la maquinaria y construcciones, que intervienen en la producción.

Trabajo. Puede ser físico o mental. Es el esfuerzo humano aplicado al proceso productivo para la generación de bienes y/o satisfactores.

Organización o Empresa. Es la unidad económica que coordina a los demás factores.

Rectoría Económica del Estado

Es la facultad y capacidad jurídica del estado para dirigir la actividad de los agentes económicos al logro de los objetivos y metas del Desarrollo.

Es la intervención del estado que se desprende del Artículo 25 Constitucional para garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable y fortalezca la soberanía de la nación y su desarrollo democrático. Para que mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución de la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y dignidad de los individuos.

El proceso rector consiste en lograr la confluencia de las actividades a través de la concertación e inducción de los sectores social y privado, utilizando los instrumentos de política económica que van desde el otorgamiento de apoyos y subsidios hasta la participación directa en la producción mediante las empresas paraestatales.

Intervención del Estado en la Economía.

Directa: Se presenta cuando el Estado asume un rol igualitario con los gobernados y trabaja a la par de todos los agentes económicos. El plano funcional deviene en la creación de empresas públicas cuyo trabajo se elabora en competencia con los particulares, o bien entra a sustituir al sector privado, incorporando al sector público ciertos sectores de producción que se transforman en excluyentes de empresas particulares (Ej. Petróleo, energía, telecomunicaciones).

Intervención Indirecta:

Se manifiesta a través del ejercicio de la actividad normativa del Estado, para conducir, estimular o restringir la actividad económica que realizan los particulares, diseño de la política monetaria, fiscal, comercio exterior, etc.

Sistema de economía que adopta México y características.

México adopta el sistema de economía mixto, que se caracteriza por la propiedad privada de los medios de producción, libre competencia en el mercado, planificación individual de la economía, predomina el interés individual o de empresa, los precios son fijados por la oferta y la demanda, el principal objetivo de incentivo de la producción es el lucro, y existe un sistema monetario, al tiempo que el Estado es un sujeto económico más que actúa y dirige actividades económicas, en una intervención estatal administrativa, que generalmente se traduce en acciones realizadas a través de empresas públicas.

Existen sectores reservados a la empresa pública, a saber: correos, telégrafos y radiotelegrafía, petróleos y los demás hidrocarburos, petroquímica básica, minerales radioactivos y generación de energía nuclear, electricidad, acuñación de moneda y emisión de billetes.

Otras características del sistema económico mixto:

Rectoría del Estado en la dirección del sistema económico.

Existencia de empresas privadas nacionales y extranjeras.

Liberación parcial y paulatina del comercio exterior.

Protección estatal de sectores atrasados

Servicios públicos en salud, seguridad social, etc.